lunes, 29 de abril de 2013
Feliz Dia Internacional del niño! :D
"Un niño siempre puede enseñar tres cosas a un adulto: a ponerse contento sin motivo, a estar siempre ocupado con algo y a saber exigir con todas sus fuerzas aquéllo que desea"
Paulo Coelho
CUARTILLA CDN :)
CONVENCIÓN INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS DEL NIÑO
Es un instrumento
internacional de las Naciones Unidas en el cual los Estados ratificados acatan
los derechos de los niños con excepción de Somalia y Estados Unidos, dicha Convención incorpora todos los Derechos Humanos civiles, culturales, económicos políticos y sociales. El texto de la Convención fue aprobado por la
Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de Noviembre de 1.989 ya que los
dirigentes mundiales decidieron que los niños y niñas deberían tener una convención especial porque necesitan de un cuidado y una protección especial
diferente a los adultos, querían asegurar que el mundo reconociera que los
niños y niñas también tienen derechos Humanos, de esta forma establece los
Derechos en 54 Artículos en donde tienen cuatro principios Fundamentales: No Discriminación Dedicación al Interés Superior del niño, el Derecho a la Vida,
Supervivencia y Desarrollo, y el Respeto por los puntos de vista del niño; la
CDN esta complementada por dos Protocolos: El Protocolo Facultativo de la Convención sobre los derechos del niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía. y el
Protocolo Facultativo relativo a la Participación de niños en los conflictos armados.
La convención reconoce la situación tan
deplorable que los niños y niñas están viviendo, tan marginados de una vida
digna, sin hogar, sin una alimentación y educación adecuada, a tantos abusos psicológicos físicos sexuales, discriminados por su color, economía entre
otros, por esto y muchas situaciones más que afectan la niñez lo que busca la
CDN es proteger los derechos al
estipular pautas en cuanto a la atención de la salud, educación y prestación de
servicios civiles, jurídicos y sociales. los Gobiernos Nacionales al aceptar
sus obligaciones pactadas en la Convención se comprometen a proteger y
garantizar los derechos de los NNA para su pleno desarrollo integral protegiendo el interés superior del niño y la
niña. Los 54 artículos que componen la Convención no
son negociables sino de obligado cumplimiento y se divide en cuatro categorías
- DERECHO A LA SUPERVIVENCIA
- DERECHO AL DESARROLLO
- DERECHO A LA PROTECCIÓN
- DERECHO A LA PARTICIPACIÓN
Mediante el Art. 44 del CDN obliga a los Estados que participaron en ella
a presentar informes cada 5 años sobre las medidas que han adoptado para hacer
efectivos los derechos de los niños y niñas reconocidos en la convención.
"Todos los Derechos que se definen en la convención son inherentes
a la dignidad humana y al desarrollo armonioso de todos los niños y
niñas"
martes, 16 de abril de 2013
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